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Convocatoria del programa Cooperativas para el Bienestar

La Secretaría del Bienestar del Gobierno de Michoacán emitió la convocatoria para participar en el programa “Cooperativas para el Bienestar”, por medio del cual se busca crear, capacitar y fortalecer al sector cooperativo de la entidad.

A los grupos sociales conformados por al menos ocho personas que tengan la intención de conformarse como sociedad cooperativa y a las sociedades cooperativas constituidas legalmente y que al momento estén operando; que radiquen en alguno de los 113 municipios del Estado de Michoacán de Ocampo
para ser beneficiarias del programa

Cooperativas para el Bienestar

OBJETIVO
Contribuir en la generación autónoma de medios de vida para las y los michoacanos a través de la promoción, creación, acompañamiento y consolidación de sociedades cooperativas como generadoras de fuentes de empleo e ingresos para sus socios y familias.


COBERTURA
La cobertura abarca los 113 municipios que integran el Estado de Michoacán de Ocampo; dando especial atención a los grupos ubicados en los municipios que registran mayor índice de vulnerabilidad.


MODALIDADES
I. Para la capacitación de grupos sociales;
II. Para la constitución legal de cooperativas;
III. Para el capital semilla;
IV. Para la capacitación para el fortalecimiento de sociedades cooperativas ya constituidas.


TIPOS DE APOYO POR MODALIDAD
I. Para la capacitación de grupos sociales. Este tipo de apoyo consiste en otorgar cursos de capacitación a 120 grupos sociales, que deseen constituirse legalmente en una cooperativa.
II. Para la constitución legal de cooperativas. Este tipo de apoyo consiste en la entrega de $4,000.00 (cuatro mil pesos 00/100 M.N.), para el pago del acta constitutiva a la notaría pública de su elección, en caso de que no pueda ser utilizada la alternativa de solicitar a la autoridad municipal su protocolización, a los grupos sociales que hayan cumplido con los cursos de capacitación.
III. Para el capital semilla. Este tipo de apoyo consiste en la entrega de $25,000.00 (veinticinco mil pesos 00/100 M.N.), a las sociedades cooperativas de nueva creación para poner en marcha un proyecto productivo nuevo, siempre y cuando hayan cumplido con las etapas previas de capacitación y conformación legal.
IV. Para la capacitación para el fortalecimiento de sociedades cooperativas constituidas y en operación. Este tipo de apoyo consiste en otorgar cursos de capacitación a 100 cooperativas legalmente constituidas y que al momento de la presente convocatoria se encuentren en operación, con la finalidad de fortalecer su operatividad.


CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD
La Secretaría, con base en la disponibilidad de recursos presupuestales asignados al Programa, en igualdad de condiciones, dará preferencia a aquellas sociedades cooperativas que radiquen en alguno de los municipios que ocupen una posición elevada en el índice de vulnerabilidad o atención prioritaria conforme a los ANEXOS IX y X de las Reglas de Operación de este Programa mismas que podrá consultar en www.bienestar.michoacan.gob.mx; y de los siguientes criterios:


I. El número de empleos directos a generar por cada sociedad cooperativa;
II. Sociedades cooperativas que tengan sustentabilidad ecológica en sus procesos productivos;
III. Sociedades cooperativas que fomenten procesos de economía circular;
IV. Sociedades cooperativas que fomenten la economía local con la utilización de insumos locales;
V. Sociedades cooperativas que fortalezcan el ejercicio de los derechos humanos atendiendo fundamentalmente necesidades de grupos históricamente vulnerados, así como considerando integrantes de cada uno de estos grupos; y,
VI. A las sociedades cooperativas que fortalezcan la igualdad de género atendiendo necesidades que se relacionan con el trabajo remunerado y no remunerado de las mujeres, así como aquellas sociedades cooperativas constituidas mayoritariamente por mujeres.
VII. Aunado a lo anterior, se deberá atender lo establecido en la Ley General de Sociedades Cooperativas en su artículo 11 fracción V.


REQUISITOS POR TIPO DE APOYO

  1. Para la capacitación de grupos sociales;
    I. Tener un grupo mínimo de ocho personas con una idea de negocio en común; presentar solicitud de participación utilizando el ANEXO I, mismo que estará disponible en www.bienestar.michoacan.gob.mx, el cual deberá descargarse y entregarse firmado en original por las personas solicitantes del grupo en la Dirección de Cooperativismo para el Bien-estar; el llenado deberá ser con letra de molde;
    II. Presentar en la Dirección de Cooperativismo para el Bienestar el proyecto productivo tomando en consideración lo señalado en el guión de conformidad con el ANEXO VIII de las Reglas de operación, el cual deberá estar firmado por el representante social del grupo.
    III. Copia del comprobante de domicilio de cada una de las personas interesadas en conformar una sociedad cooperati-va (con antigüedad no mayor a tres meses de cualquiera de los siguientes servicios: predial, agua, luz o teléfono); IV. Copia de la identificación oficial de cada una de las personas interesadas en formar una sociedad cooperativa, puede ser cualquiera de los siguientes documentos vigentes: credencial para votar (INE, del anverso y reverso) cartilla del Servicio Militar Nacional, pasaporte y cédula profesional;
    V. Clave Única de Registro de Población (CURP) con fecha de expedición no mayor a seis meses, de cada persona, posi-ble integrante de la sociedad cooperativa;
    VI. Presentar un escrito de designación y autorización como representante del grupo social para acceder y realizar los trámites del Programa conforme al ANEXO V de las Reglas de Operación de este Programa, el cual podrá consultar en www.bienestar.michoacan.gob.mx, debidamente firmado por las personas integrantes del grupo social;
    VII. Firmar la Carta Compromiso visible en el ANEXO VI, de las Reglas de Operación de este Programa, mismas que podrá consultar en www.bienestar.michoacan.gob.mx.
  2. Para la constitución legal de cooperativas; I. Presentar en la Dirección de Cooperativismo para el Bienestar de forma física la solicitud de participación a esta moda-lidad del Programa a través del Formato de Solicitud de Apoyo del ANEXO II de las reglas de operación de este progra-ma, debidamente llenado. Los documentos estarán disponibles para su descarga en el siguiente sitio web: www.bienestar.michoacan.gob.mx;
    II. Entregar Constancia de capacitación en cooperativismo, expedida por la Dirección de Cooperativismo para el Bien-estar de manera individual a cada persona integrante del grupo social que haya tomado en su totalidad el curso de capacitación mencionada en la etapa anterior.
    III. Acta de Asamblea en original para cotejo y copia en la que sus integrantes acepten los fines, valores, principios y prácticas a que se refieren los artículos 8°, 9°, 10 y 11 de la Ley de Economía Social y Solidaria donde se manifieste el acuerdo del grupo en constituirse legalmente en una sociedad cooperativa, utilizando la guía contenida en el ANEXO VII de las reglas de operación de este programa.
    IV. Constancia de autorización de uso de denominación o razón social emitida por la Secretaría de Economía; y,
    V. Registro Federal de Contribuyentes de cada una de las personas, futuras socias de la cooperativa.
  3. Para el capital semilla I. Presentar a la Dirección de Cooperativismo para el Bienestar en forma física la solicitud de participación en esta moda-lidad del Programa a través del Formato de Solicitud de Apoyo señalado en el ANEXO III de las reglas de operación de este programa, debidamente llenado, mismo que estará disponible para su descarga en el siguiente sitio web: www.- bienestar.michoacan.gob.mx
    II. Acta constitutiva, avalada por notario público o ratificada por la autoridad municipal; III. Comprobante de inscripción al Registro Público de la Propiedad; IV. Registro Federal de Contribuyentes y Constancia de Situación Fiscal de la persona moral, emitidos por el Servicio de Administración Tributaria; V. Número de cuenta bancaria a nombre de la sociedad cooperativa, del banco de su preferencia.
  4. Para la capacitación para el fortalecimiento de sociedades cooperativas ya constituidas. I. Presentar en la Dirección de Cooperativismo para el Bienestar de forma física la solicitud de participación a esta moda-lidad del Programa a través del formato de solicitud de Apoyo (ANEXO IV) mismo que estará disponible en el portal oficial de la Secretaría; www.bienestar.michoacan.gob.mx la cual deberá entregarse firmada en original por las perso-nas solicitantes del grupo, durante el periodo de recepción que se establezca en la presente convocatoria;
    II. Copia cotejada del Acta Constitutiva de la Cooperativa, con su comprobante de inscripción al Registro Público de la Propiedad y el Registro Federal de Contribuyentes;
    III. Copia del comprobante de domicilio de cada una de las personas integrantes de la sociedad cooperativa (con antigüedad no mayor a tres meses de cualquiera de los siguientes servicios: predial, agua, luz o teléfono); IV. Copia de la identificación oficial de cada una de las personas integrantes de la sociedad cooperativa, puede ser cual-quiera de los siguientes documentos vigentes: credencial para votar vigente (INE, copia del anverso y reverso), cartilla del Servicio Militar Nacional, pasaporte, cédula profesional; y
    V. Clave Única de Registro de Población (CURP) de cada persona integrante de la sociedad cooperativa, con fecha de expedición no mayor a 6 meses.


RECEPCIÓN Y REGISTRO DE SOLICITUDES
Las solicitudes para ser personas beneficiarias de los apoyos, así como la documentación descrita en los requisitos, serán entregadas en las instalaciones de la Secretaría del Bienestar a través de la Dirección de Cooperativismo para el Bienestar, ubicada en la Av. Lázaro Cárdenas, número 1016, de la colonia Ventura Puente en días hábiles durante el periodo que estará vigente la presente convocatoria en un horario de 10:00 a 16:00 horas. Solo se recibirán expedientes completos.


REVISIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
La Secretaría, a través de la Subsecretaría y la Dirección, revisará la documentación que formará parte integral del expediente y en caso de que la persona solicitante no la presente completa y vigente, se le requerirá a través del correo electrónico proporcionado en su solicitud para que en un plazo de cinco días hábiles posteriores a la recepción de la notificación, subsane errores y/o complete la información correspondiente, de no hacerlo, quedará sin efectos legales la solicitud presentada.


DICTAMINACIÓN
La Secretaría, a través de la Subsecretaría, la Dirección de Cooperativismo para el Bienestar y con apoyo de los Departa-mentos, realizará la dictaminación de las solicitudes recibidas de conformidad con lo dispuesto en el Programa.


NOTIFICACIÓN DE RESULTADOS
La Dirección de Cooperativismo para el Bienestar, notificará mediante “Carta de Autorización”, vía correo electrónico a las personas beneficiarias, las solicitudes que hayan resultado aprobadas en un lapso, no mayor a 10 días hábiles, poste-riores a la dictaminación y publicará los resultados en el portal oficial de la Secretaría: www.bienestar.michoacan.gob.mx. Una vez recibida la notificación, deberán descargar y llenar la “Carta Compromiso” (ANEXO VI), ingresando al sitio web: www.bienestar.michoacan.gob.mx; y entregarla de forma física en las instalaciones de la Secretaría.


ENTREGA DE APOYOS
La Secretaría a través de la Subsecretaría y en coordinación con la Dirección de Cooperativismo para el Bienestar entregará los apoyos correspondientes a través de transferencia a la cuenta bancaría de las cooperativas que resulten seleccionadas.


SEGUIMIENTO Y CONTROL
La Secretaría, a través de la Subsecretaría y de la Dirección de Cooperativismo para el Bienestar, podrá en cualquier momento corroborar la validez de la información proporcionada por las personas beneficiarias, por lo que podrá implementar las acciones de seguimiento y supervisión que considere adecuados para verificar la correcta aplicación de los apoyos y cumplan con lo establecido en el Programa y sus Reglas de operación y las convocatorias respectivas.
Las situaciones no previstas en esta convocatoria serán atendidas por la Secretaría del Bienestar. Los trámites presenciales estarán en función de las medidas preventivas sanitarias adoptadas para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), y se realizarán en las oficinas de la Secretaría.


VIGENCIA
La presente convocatoria estará abierta del lunes 9 al viernes 20 de mayo.
*Todos los anexos podrán ser descargados en la pagina www.bienestar.michoacan.gob.mx

Para mayores informes acudir a la Secretaría del Bienestar (SEDEBI) en la Dirección de Cooperativismo para el Bienestar. Ubicada en la Av. Lázaro Cárdenas No. 1016, Col. Ventura Puente, C.P. 58020, Morelia, Michoacán. Horario de atención: De lunes a viernes de 9:00 a 16:00 horas. Teléfonos de contacto: 443 870 1315 y 443 386 5298 Sitio oficial: www.bienestar.michoacan.gob.mx

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