Estos son los requisitos que deben cubrirse para el registro y trámite de las actas de defunción.
1.- Certificado médico de defunción original en sus tres tantos;
A) En caso de muerte violenta, el familiar solo exhibirá el certificado de defunción en su tanto blanco y azul, así como el aviso por escrito emitido por el Ministerio Público que conoció de la carpeta de investigación con Número Único de Caso describiendo el destino final del cuerpo.
2.- El compareciente y/o solicitante deberá ser preferentemente un familiar de la persona finada, exhibiendo copia de una identificación oficial;
3.- Acta de nacimiento del finado con vigencia no mayor a 2 años;
4.- Acta de matrimonio si el finado era casado (vigencia no mayor a 2 años);
5.- Original y copia de la identificación vigente del declarante y dos testigos;
6.- En caso que el destino sea cremación, copia del permiso emitido por la Secretaría de Salud del lugar en donde se llevaría a cabo la incineración.
Defunción por orden judicial
1.- Se presentará el oficio vigente signado por un Juez competente, así como la Sentencia Ejecutoriada en dos tantos debidamente certificada, expedida y remitida por la Autoridad Judicial.
COSTOS DE ACTAS DE DEFUNCIÓN | COSTO |
Defunción | GRATUITO |
Inscripción de defunción de mexicano fallecido en el extranjero | GRATUITO |
Orden de Inhumación y/o cremación del cadáver | GRATUITO |
Orden de traslado de cadáver | GRATUITO |
Registro de Defunción extemporáneo ordenado por la autoridad judicial |